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¿Es lícito que un cristiano sea autoridad civil?

 Dr. Samuel E. Waldron


¿Es lícito que un cristiano sea autoridad civil?

 Del Gobierno Civil:
Es lícito para los cristianos aceptar cargos dentro de la autoridad civil cuando sean llamados para ello [1] en el desempeño de dichos cargos deben especialmente la justicia y la paz, según las buenas leyes de cada reino y Estado; y así, con este propósito, ahora bajo el Nuevo Testamento, pueden hacer lícitamente la guerra, en ocasiones justas y necesarias[2]
Confesión de Fe de Londres de 1689

Prosiguiendo con el propósito de establecer doctrina bíblica en lo que al Estado se refiere y como quiera que somos abiertamente confesionales y tal como lo mencionamos en nuestra edición anterior para ello echaremos mano a nuestra confesión para tal fin; Palabra profética cree que hay tres grandes jurisdicciones donde Dios ha puesto su autoridad sobre los hombres y que están bíblica y claramente delimitadas y cuya intersección[3] tiene en común La soberanía de Dios, la delegación parcial de su autoridad y la responsabilidad de ejercer conforme a la santa , Justa y buena voluntad de Dios expresada en las Escrituras. Tales jurisdicciones, repetimos son: En primer lugar la familia encabezada por los padres, La Iglesia en cabeza de los Pastores y El Estado en los hombros de los gobernantes.

Sin embargo en cuanto a que los pastores o ancianos oficiales de la Iglesia puedan ocupar cargos en la autoridad civil, en lo general, no solo es inapropiado sino éticamente inaceptable.

En este número el Dr. Waldron tocará ese tema polemizado y tan pocas veces visto a la luz de las Santas Escrituras y que se puede resumir en una pregunta ¿Pueden los creyentes ocupar cargos dentro del gobierno civil?

II    La participación del cristiano en cargos dentro de la autoridad civil
       (Párrafo 2) 

“El punto principal de este párrafo es, claramente, que no es ilícito que un cristiano sea una autoridad civil y cumpla toda gamma de deberes de este oficio hasta incluso hacer la guerra. El fundamento Bíblico para esta afirmación es diverso. En Lucas 13:14, a los soldados que se arrepintieron a la predicación de Juan el Bautista y que deseaban vivir una vida cristiana no se les dijo que abandonaran la milicia, aun cuando la esencia misma de su función como soldados era hacer la guerra. En Romanos 13: 2, 4, 6, esta posición de autoridad se describe de diversas maneras como lo “establecido por Dios”, “ministro de Dios” (BA) y “servidor de Dios. Estas nobles descripciones presuponen claramente la licitud del oficio. Además, presuponen su licitud en relación directa con el poder de la espada. El uso de la espada en Romanos 13:4 se refiere directamente a acciones militares para sofocar la rebelión. 
Nótense especialmente las palabras usadas en el versículo 2. De esta manera se utiliza con respecto a una forma de guerra. La pena capital, si bien se presupone, no es el uso original de la espada que aquí se contempla. Los ejemplos de Nehemías, Daniel, sus tres amigos y todos los jueces justos en Israel también apoyan la afirmación de la Confesión.

Finalmente, la legitimidad de este oficio para los cristianos se da por sentado mediante frecuentes afirmaciones del libro de los Proverbios (14:35; 16:10, 12; 20: 26,28; 25:2; 28:15,16; 19:4, 14; 31: 4,5). 

Los pacifistas de todas las clases preguntan: “¿Cómo puede ser esto?” ¿Qué decir del Sexto Mandamiento y la enseñanza de Jesús en Mateo 5:38-48? La respuesta bíblica a tales objeciones consiste en una distinción bíblica crucial. La biblia distingue entre la vocación personal y los deberes de los individuos y la vocación pública y los deberes de las autoridades. Mientras que el deber personal de los individuos es no tomarse la venganza por su cuenta, el deber solemne y público de las autoridades es ejercer la venganza de Dios contra los malhechores civiles. Nótese esta distinción implicada en una comparación de Romanos 12:17-21, especialmente el versículo 19, con Romanos 13:3, 4. Es un error que una persona particular se tome la revancha. Es correcto para una autoridad pública. Mateo 5:37-48 se está refiriendo al deber de las personas privadas, no de los oficiales públicos. Es sólo con esta distinción en mente como se libera a la ley mosaica, y especialmente al Sexto mandamiento, de un problema insoluble. Si es erróneo matar, ¿Cómo puede Jehová, a través de su siervo Moisés, en cada capítulo posterior a éste en que se da este mandamiento, decir a los jueces que quiten la vida (es decir, que maten) a ciertos criminales? Sólo la distinción ortodoxa entre las esferas públicas y privada hace que esto tenga sentido. 

Dos importantes lecciones se desprenden de todo esto. La primera es ética, la segunda histórica.
 
1.Nuestro deber ante Dios depende grandemente de nuestra vocación o llamamiento. Podría ser erróneo, y en algunos casos lo sería, que tú hicieras lo que otros pueden hacer. ¿Por qué? Su llamamiento en la vida es diferente. Por ejemplo, es ciertamente correcto que yo en ciertas ocasiones le dé una paliza a mi hijo. No sería correcto que algún otro disciplinara a mi hijo sin mi consentimiento. ¿Por qué? Porque la otra persona no tiene un llamamiento divino para ser el padre de mi hijo. Ese es mi llamamiento. El concepto de vocación es una parte clave de la ética bíblica redescubierta y reenfatizada por la Reforma.

2. Nuestros antepasados bautistas no eran anabaptistas. Fueron los anabaptistas los que enseñaron que los cristianos no podían ocupar el oficio de la autoridad civil sin pecado. Fueron ellos los que enseñaron que este oficio era “del diablo”. Es evidente que nuestros antepasados bautistas rechazaron completamente tal concepto del gobierno y el pacifismo resultante que implicaba. Se distanciaron públicamente del mismo en su Confesión de Fe. Es adecuado notar aquí que la corriente principal de los bautistas en América desciende de puritanos que llegaron a tener convicciones bautistas, no anabaptistas. La mayoría de los modernos bautistas son históricamente calvinistas y puritanos en su origen, no anabaptistas y arminianos” 

 Dr. Samuel E. Waldron



1 Ex.22. 8,9,28,29/Daniel/Nehemías Pr. 14.35/16.10-12/20.26-28/25.2/28.15-16/29.4,14/31.4-5/Ro. 13.2, 4,6.
2 Luc. 3.14/Rom13.4. 

3 intersección. 2. Mat. Conjunto de los elementos que son comunes a dos conjuntos. Diccionario DRAE.

“De las autoridades civiles”

Dr. Samuel E. Waldron[1]
“De las autoridades civiles”

 “De las autoridades civiles”

1. Dios, el supremo Señor y Rey del mundo entero, ha instituido autoridades civiles para estarles sujetas y gobernar al pueblo[2] para la Gloria de Dios y el bien público[3]; y con este fin les ha provisto con el poder de la espada, para la defensa y el ánimo de los que hacen lo bueno, y para el castigo de los malhechores[4].
Confesión de Fe de Londres 1689 capitulo 24.1
 
Antes de siquiera entrar en materia, Palabra Profética quisiera contrastar la clara diferencia entre ser un cristiano evangélico meramente “nominal” (Que tiene nombre de algo y le falta la realidad de ello en todo o en parte-Diccionario DRAE) y uno confesional; el primero en mención, en medio de un mundo marcado por el relativismo (negación de la existencia de verdades absolutas), el antiautoritarismo (rechazo a toda forma de autoridad legítima) y aislacionismo (aislamiento de la unidad corporativa espiritual del cuerpo de Cristo que es la Iglesia), por su propia condición, ni siquiera se interesa en militar en el marco de un cristianismo cuyas doctrinas de Fe estén verdaderamente contenidas en EL Canon; La Biblia. El segundo, el confesional, si bien en su libertad de conciencia y criterio discrepa en pequeños y meramente formales aspectos respecto de su Fe con otros de su postura, en lo esencial de las sólidas e inmutables doctrinas de la FE Cristiana, no sólo expresa una identidad con el Evangelio apostólico, sino que se identifica con las grandes y férreas confesiones de Fe, columnas que sostienen tal unidad, y que no son más que brillantes y veraces resúmenes de las verdades fundamentales del Evangelio de Cristo, buscando cumplir con la responsabilidad dada a la iglesia por Cristo de ser Columna y Baluarte de la Verdad. Somos, en palabras del Dr. Robert Paul Martin: “Aquellos que defienden las grandes confesiones reformadas intentamos convencer a otros de los beneficios de un cristianismo confesional y de los peligros del latitudinarismo[5] doctrinal...” No queremos querido lector, que Usted ignore nuestra honrosa posición confesional, y durante algunos números (y en los que en el futuro se haga necesario) invocaremos nuestra Confesión de Fe para tratar de mostrar el Estado como Dios lo concibió, y la importancia de tener una perspectiva divina, esto es, Bíblica del mismo.

La Biblia nos establece tres grandes y específicos espacios o jurisdicciones, en los que Dios en su soberanía ha puesto autoridad, a fin de soberanamente gobernar su creación, estos son a saber; La Familia, La Iglesia y el Estado. En el presente número trataremos el tema de Gobierno o autoridad Civil, y para ello traeremos al Dr. Samuel Waldron y su comentario hecho al texto de la Confesión de Fe de Londres de 1689, citado en el presente artículo:

[¿Te sorprende que la confesión de Fe contenga un capítulo sobre el tema de las autoridades civiles? Te inclinas a pensar que: ¿Qué tiene que ver la política con Cristo? Si reaccionas de manera parecida, ¿me permites sugerir que eres víctima de un trasfondo religioso que se ha retraído de sus responsabilidades sociales, por una idea errónea de la separación entre la iglesia y el Estado? Tal actitud ha negado prácticamente la soberanía de Dios sobre todas las áreas de la vida. Restringir el cristianismo a la esfera “espiritual” es, en última instancia, destruirlo.

I.  La ordenación divina del oficio de autoridad civil (pfo.1)

El punto primero y central que se afirma en este párrafo, es que las autoridades civiles son divinamente instituidas; derivan su autoridad de Dios, esto golpea la raíz de un error moderno fundamental. A.A: Hodge observa acertadamente: “algunos suponen que el derecho a la…

…autoridad del gobierno humano tiene su mayor fundamento en la voluntad de la mayoría, en el consentimiento de los gobernados” o en algún “pacto social” imaginario, hecho por los primeros padres de la raza allá en el principio de la vida social. Sin embargo, es evidente que la ley divina es el origen de todo gobierno, y la obligación de obedecer esa voluntad que pesa sobre todos los agentes morales, la última base de toda obligación de obediencia al gobierno humano” (comentario de la confesión de fe de Westminster CLIE 1987.pag272)

Como deja claro Hodge, nosotros obedecemos porque Dios quiere, no porque voluntariamente nos hayamos comprometido con ciertos hombres a quienes hayamos dado autoridad. La biblia no enseña la teoría del contrato social en cuanto al gobierno que se nos enseñó a muchos en la escuela. Según Romanos 13.1-2, los emperadores romanos eran autoridades divinamente ordenadas aun cuando no derivan su autoridad del consentimiento de los gobernados”. La teoría que dice que obedecemos a nuestras autoridades porque en última instancia ellos nos obedecen a nosotros no es bíblica.

A.    Su posición ordenada

Esta se describe como “estarle sujetas(a Dios), y gobernar al pueblo”. En Romanos 13.2, 4, 6, esta posición de autoridad se describe de varias maneras como “lo establecido por Dios”, “Ministro de Dios (BA) y “servidor de Dios”. Estas descripciones resumen la declaración de la Confesión.

La autoridad civil está obligada a obedecer a Dios en la forma en que gobierna, de la misma manera en que nosotros estamos obligados a obedecerla. Dios les ha dado toda la autoridad que poseen. “A quien se haya dado mucho, mucho se le demandaráLc. 12.48

B.    Su propósito ordenado

Esto lo describe la Confesión de Fe con las siguientes palabras: “Para la Gloria de Dios y el bien público”.

Este propósito también se describe en la frase “para la defensa y el ánimo de los que hacen lo bueno, para el castigo de los malhechores”. Nótese también lo que dice el párrafo 2: “mantener especialmente la justicia y la paz”. ¿Qué enseña la Biblia en cuanto a la función o tarea específica de las autoridades civiles? Los siguientes pasajes tratan el tema: Gen. 6.11-13; 9:5,6; salmo 58.2; 72.14; 82:1-4; prov. 21:15; 24:11-12; 29.14, 26; 31.5; Ezeq.7.23; 45.9; Dan 4.27; Mateo 22.21; Rom. 13.3, 4; 1ª Tim.2.2; 1ª Pe. 2.14. La enseñanza de tales pasajes es que la tarea del gobierno civil es mantener la justicia y la paz sociales y civiles reprimiendo la violencia y la injusticia social y alabando (defendiendo y promoviendo) a los que social y civilmente hacen lo que es bueno.

C.    Su poder ordenado

La confesión afirma con referencia al poder de la autoridad civil: “Y con este fin [Dios] les ha provisto con el poder de la espada”. Esta declaración confirma que la esfera de acción de la autoridad civil es la esfera civil.Las espadas no se utilizan para educar a los hijos o para disciplinar a los cristianos nominales impenitentes. Son adecuadas para refrenar a los criminales violentos y para la injusticia pública. La biblia enseña que Dios ha armado a este oficio con la espada. (Gen. 9.6; Prov. 16.14; 19.12; 20.2; 21.15; 28.17; Hch.25.11; Rom. 13.4; 1ª Ped.2.14.)

Williamson observa acertadamente: “En nuestra nación (E.E.UU) existe actualmente una creciente tendencia dirigida a la abolición de la pena capital. Y muchos grupos protestantes liberales han aprobado este cambio sobre la base de que no beneficia a la sociedad, ni reforma al criminal ni refleja las enseñanzas cristianas del Nuevo Testamento. En otras palabras, por varias razones, hoy en día se aboga por parte de amplios sectores que se le niegue al gobierno civil el poder de la espada para castigar la maldad. Tal concepto de la autoridad civil es, para no decir más, altamente anti bíblica; no pensamos que se pueda probar que la pena capital no beneficia a la sociedad. Creemos que sí, aunque no sea por otra razón que la Escritura dice que el ejercicio fiel de la justicia es un terror para las malas obras y un estímulo para el bien. Los que se oponen a la pena capital niegan esto, pero lo niegan en vano. Puede ser cierto que la pena capital no reforme al criminal. Pero negamos totalmente que la ausencia de terror contra la maldad sí reforme al criminal. Además, no dudamos que fomenta la maldad. Pero por encima de todo, negamos que el poder y la autoridad civiles hayan de reflejar las nociones modernistas de las enseñanzas “humanas” del Nuevo Testamento. La justicia no es más humana en el Nuevo Testamento que en el Antiguo. Y la ordenanza del gobierno civil no tiene el propósito, dado por Dios, de enseñar al Nuevo Testamento; tiene el propósito de castigar el crimen y proteger a los que hacen el bien. Sin embargo, dudamos que el plan de los liberales que abogan por la abolición de la pena capital sea “humano”. Creemos que mucho del crimen moderno se debe al hecho de que hay demasiada preocupación anti bíblica por el malvado y demasiada poca preocupación por los rectos.”(6)]

 Dr. Samuel E. Waldron.




1 Ha estado casado con su querida esposa Charlene durante 33 años, con quien tiene cuatro hijos. Licenciado en Educación Religiosa de Grand Rapids Baptist College en 1973, realizó estudios equivalentes a un Máster en Teología en el Trinity Ministerial de la Academia en Montville, Nueva Jersey en 1982, y se graduó en el programa de Maestría en Teología en el Seminario Bautista de Grand Rapids, en 1987. Su tesis fue “la revolución política en la tradición reformada”; fue pastor de la Iglesia Bautista Reformada de Rapids Grand de 1977-2001 y enseñó en el Trinity Ministerial de la Academia de 1981 a 1989. Es autor de varios libros, entre ellos la “Exposición moderna de la Confesión de 1689 Bautista”, “El Fin de los Tiempos” y de “MacArthur Manifiesto del Milenio: una respuesta amistosa” También ha escrito una serie de otras obras incluidas “Raíces Bautistas en Estados Unidos” y el “Bautismo bíblico: una defensa Reformada de bautismo de los creyentes”. Sam obtuvo un doctorado en Teología Sistemática en el Seminario Teológico Bautista del
Sur en 2005.
2 Romanos 13.1-6
3 Gen 6.11; Sal. 58.1-2; Prov. 21.15; 29.14; 31.5***; Ez.7.23; 45.9; Dan. 4.27;Mateo.22.21; 1ª Tim.2.2; Rom. 3.3-4; 1ª Ped. 2.14
4 Gen 9.6; Prov. 16.14; 21.15; 28.17;Hech. 25.11; Rom. 13.4; 1ª Ped. 2.14
5 Latitudinarismo: Doctrina adoptada por algunos teólogos anglicanos en el siglo XVII que interpretando de forma laxa las enseñanzas cristianas, defienden que hay salvación fuera de la iglesia, rechazan los dogmas, dan preferencia a la razón sobre la Biblia y las tradiciones, se interesan por la moral más que por la doctrina y def ienden una amplia tolerancia en materias religiosas. DRAE.
6 Williamson, Westminster Confession for Study Classes