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¿Es lícito que un cristiano sea autoridad civil?

 Dr. Samuel E. Waldron


¿Es lícito que un cristiano sea autoridad civil?

 Del Gobierno Civil:
Es lícito para los cristianos aceptar cargos dentro de la autoridad civil cuando sean llamados para ello [1] en el desempeño de dichos cargos deben especialmente la justicia y la paz, según las buenas leyes de cada reino y Estado; y así, con este propósito, ahora bajo el Nuevo Testamento, pueden hacer lícitamente la guerra, en ocasiones justas y necesarias[2]
Confesión de Fe de Londres de 1689

Prosiguiendo con el propósito de establecer doctrina bíblica en lo que al Estado se refiere y como quiera que somos abiertamente confesionales y tal como lo mencionamos en nuestra edición anterior para ello echaremos mano a nuestra confesión para tal fin; Palabra profética cree que hay tres grandes jurisdicciones donde Dios ha puesto su autoridad sobre los hombres y que están bíblica y claramente delimitadas y cuya intersección[3] tiene en común La soberanía de Dios, la delegación parcial de su autoridad y la responsabilidad de ejercer conforme a la santa , Justa y buena voluntad de Dios expresada en las Escrituras. Tales jurisdicciones, repetimos son: En primer lugar la familia encabezada por los padres, La Iglesia en cabeza de los Pastores y El Estado en los hombros de los gobernantes.

Sin embargo en cuanto a que los pastores o ancianos oficiales de la Iglesia puedan ocupar cargos en la autoridad civil, en lo general, no solo es inapropiado sino éticamente inaceptable.

En este número el Dr. Waldron tocará ese tema polemizado y tan pocas veces visto a la luz de las Santas Escrituras y que se puede resumir en una pregunta ¿Pueden los creyentes ocupar cargos dentro del gobierno civil?

II    La participación del cristiano en cargos dentro de la autoridad civil
       (Párrafo 2) 

“El punto principal de este párrafo es, claramente, que no es ilícito que un cristiano sea una autoridad civil y cumpla toda gamma de deberes de este oficio hasta incluso hacer la guerra. El fundamento Bíblico para esta afirmación es diverso. En Lucas 13:14, a los soldados que se arrepintieron a la predicación de Juan el Bautista y que deseaban vivir una vida cristiana no se les dijo que abandonaran la milicia, aun cuando la esencia misma de su función como soldados era hacer la guerra. En Romanos 13: 2, 4, 6, esta posición de autoridad se describe de diversas maneras como lo “establecido por Dios”, “ministro de Dios” (BA) y “servidor de Dios. Estas nobles descripciones presuponen claramente la licitud del oficio. Además, presuponen su licitud en relación directa con el poder de la espada. El uso de la espada en Romanos 13:4 se refiere directamente a acciones militares para sofocar la rebelión. 
Nótense especialmente las palabras usadas en el versículo 2. De esta manera se utiliza con respecto a una forma de guerra. La pena capital, si bien se presupone, no es el uso original de la espada que aquí se contempla. Los ejemplos de Nehemías, Daniel, sus tres amigos y todos los jueces justos en Israel también apoyan la afirmación de la Confesión.

Finalmente, la legitimidad de este oficio para los cristianos se da por sentado mediante frecuentes afirmaciones del libro de los Proverbios (14:35; 16:10, 12; 20: 26,28; 25:2; 28:15,16; 19:4, 14; 31: 4,5). 

Los pacifistas de todas las clases preguntan: “¿Cómo puede ser esto?” ¿Qué decir del Sexto Mandamiento y la enseñanza de Jesús en Mateo 5:38-48? La respuesta bíblica a tales objeciones consiste en una distinción bíblica crucial. La biblia distingue entre la vocación personal y los deberes de los individuos y la vocación pública y los deberes de las autoridades. Mientras que el deber personal de los individuos es no tomarse la venganza por su cuenta, el deber solemne y público de las autoridades es ejercer la venganza de Dios contra los malhechores civiles. Nótese esta distinción implicada en una comparación de Romanos 12:17-21, especialmente el versículo 19, con Romanos 13:3, 4. Es un error que una persona particular se tome la revancha. Es correcto para una autoridad pública. Mateo 5:37-48 se está refiriendo al deber de las personas privadas, no de los oficiales públicos. Es sólo con esta distinción en mente como se libera a la ley mosaica, y especialmente al Sexto mandamiento, de un problema insoluble. Si es erróneo matar, ¿Cómo puede Jehová, a través de su siervo Moisés, en cada capítulo posterior a éste en que se da este mandamiento, decir a los jueces que quiten la vida (es decir, que maten) a ciertos criminales? Sólo la distinción ortodoxa entre las esferas públicas y privada hace que esto tenga sentido. 

Dos importantes lecciones se desprenden de todo esto. La primera es ética, la segunda histórica.
 
1.Nuestro deber ante Dios depende grandemente de nuestra vocación o llamamiento. Podría ser erróneo, y en algunos casos lo sería, que tú hicieras lo que otros pueden hacer. ¿Por qué? Su llamamiento en la vida es diferente. Por ejemplo, es ciertamente correcto que yo en ciertas ocasiones le dé una paliza a mi hijo. No sería correcto que algún otro disciplinara a mi hijo sin mi consentimiento. ¿Por qué? Porque la otra persona no tiene un llamamiento divino para ser el padre de mi hijo. Ese es mi llamamiento. El concepto de vocación es una parte clave de la ética bíblica redescubierta y reenfatizada por la Reforma.

2. Nuestros antepasados bautistas no eran anabaptistas. Fueron los anabaptistas los que enseñaron que los cristianos no podían ocupar el oficio de la autoridad civil sin pecado. Fueron ellos los que enseñaron que este oficio era “del diablo”. Es evidente que nuestros antepasados bautistas rechazaron completamente tal concepto del gobierno y el pacifismo resultante que implicaba. Se distanciaron públicamente del mismo en su Confesión de Fe. Es adecuado notar aquí que la corriente principal de los bautistas en América desciende de puritanos que llegaron a tener convicciones bautistas, no anabaptistas. La mayoría de los modernos bautistas son históricamente calvinistas y puritanos en su origen, no anabaptistas y arminianos” 

 Dr. Samuel E. Waldron



1 Ex.22. 8,9,28,29/Daniel/Nehemías Pr. 14.35/16.10-12/20.26-28/25.2/28.15-16/29.4,14/31.4-5/Ro. 13.2, 4,6.
2 Luc. 3.14/Rom13.4. 

3 intersección. 2. Mat. Conjunto de los elementos que son comunes a dos conjuntos. Diccionario DRAE.